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title: "29 de abril: Ignacio Lucas Albarracín, pionero del animalismo en la República Argentina"
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description: "Un día como hoy, pero de 1926, se despedía Ignacio Lucas Albarracín Rojo, el “Loco”, jurisconsulto y abogado argentino, defensor permanente de los derechos de los animales en nuestro país y promotor de leyes protectoras que inauguraron un camino inexplorado hasta ese momento."
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date_published: "2026-04-29T08:00:00-03:00"
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tags:
  - "Diario Bonaerense"
  - "Efemérides"
  - "Ignacio Lucas Albarracín"
  - "Ruben Ruiz - El Pelícano"
author_name: "Diario Bonaerense"
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author_bio: "Diario de la Provincia de Buenos Aires"
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# 29 de abril: Ignacio Lucas Albarracín, pionero del animalismo en la República Argentina

![Captura de pantalla 2026-04-15 115918](/download/multimedia.normal.8ac5b6ed169a05ad.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

En conmemoració n de su trayectoria, se celebra el Día Nacional de l Animal (mientras que en el resto del mundo se conmemora el 4 de octubre). Nació en 1850 en Córdoba, pero siempre se sintió un sanjuanino adoptivo. Hijo de Flora Roja Angulo y del coronel Santiago Albarracín Castro, quien vivía recluido en la provincia de San Juan por disputas políticas originadas en el período de las guerras civiles en nuestro país.

Cursó sus estudios primarios en la ciudad de San Juan y los secundarios en el Colegio Montserrat, de la ciudad de Córdoba. En 1873  se recibió de abogado en la Facultad de Derecho de la UBA y establ eció su estudio en la ciudad porteña. Sobrino de Domingo Faustino Sarmiento, ambos trabajaron codo a codo en defensa de los animales y por la prohibición de su maltrato. Siempre rechazó ocupar cargos ejecutivos a pesa r de su cercanía familiar o amistad con presidentes o integrantes del poder político de la época.

En 1879 fue cofundador de la Sociedad  Argentina Protectora de los Animales (SAPA) junto a su tío y a Carlos Guido Spano, Vicente Fidel López, Bartolomé Mitre y el reverendo escocés Juan Francisco Thomson; allí ocupó el cargo de secretario. En 1885 fue nombrado presidente de la institución (cargo que ocupó hasta el día de su muerte) y comenzó una campaña pública contra la riña de gallos, las corridas de toros, el tiro a la paloma, la inn ecesaria crueldad para fa enar ganado, la caza indiscriminada y la doma de potros. También luchó a favor de la protección de los caballos utilizados para el transporte —recordemos que en esa época existía la “tracción a sangre”—, para los que logró que fuera obligatoria una protección en la cabeza dura nte el verano.

Además, inició otra campaña contra la existencia del Zoológico, dado que su opinión pública era que privaba a las águilas de la libertad natur al que necesitaban, invalidaba la energía  de los félidos y causaba enfermedades a innumerables especies a causa del encierro. En el mismo sentido, se opuso terminantemente al uso de animales en los circos.

Fue un persistente batallador para que se aprobaran leyes protectoras. Ese trabajo colectivo, que logró penetrar en la sociedad urbana, se sintetizó en la Ley 2.786 —popularmente conocida como “Ley Sarmiento”— aprobada en 1891, cuyo articulado era el siguiente:

- **ARTÍCULO 1.** Decláranse actos punibles los malos tratamientos ejercitados con los animales, y las personas que los ejerciten sufrirán una multa de dos a cinco pesos, o en su defecto arresto, computándose dos pesos por cada día.
- **ARTÍ CULO 2.** En la Capital de la República y Territorios Nacionales, las autoridades policia les prestarán a la Sociedad Argenti na Protectora de los Animales la cooperación necesaria para hacer cumplir las leyes, reglamentos y ordenanzas dictadas o que se dicten en pr otección de los animales.
- **ARTÍCULO 3.** El importe de las multas a que se refiere el artículo primero será destinado a las sociedades de beneficencia de cada localidad.
- **ARTÍCULO 4.** La Municipalidad de la Capital de la República y las de los Territorios Nacionales dictarán ordenanzas de conformidad  a la presente Ley.
- **ARTÍCULO 5.** Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Solicitó la ayuda del Estado Nacional para la construcción de hospitales veterinarios gratuitos, logró incorporar en la currícula escolar la importancia de la defensa de la fauna y generó una amplia difusión institucional de la problemática. En 1904 fundó el periódico *El Zoófilo Argentino*, que ayudó a expandir estas ideas con el eslogan “Justicia hasta para los animales”. En 1907, junto al Consejo Nacional de Educación, comenzó a trabajar para instituir el Día del Animal, inspirado en celebraciones similares de Londres y Estados Unidos. En 1908 se celebró por primera vez con la presencia de 13.000 niños y 8.000 adultos.

También tuvo tiempo y energía para formar una familia. Se casó con Sara Bibiana Carranza Davison y la pareja tuvo nueve hijos. Una continuación normativa del trabajo de Albarracín fue la Ley 14.346 de Protección Animal promulgada en 1954, que endureció las penas, y la Ley 27.330 de 2016, que prohibió las carreras de perros en todo el territorio nacional. Además, formó parte de asociaciones contra la trata de personas y participó de numerosas campañas por la preservación del ambiente.

Un día otoñal de 1926, su dinamismo y amor por la naturaleza se tomó un largo respiro. Tenaz, didáctico, vegetariano y hábil gestor, Ignacio Albarracín fue uno de esos "locos" necesarios que nos alertan sobre nuestro comportamiento para con los seres que aparecieron antes que nosotros en el planeta.

¡Salú, Ignacio Albarracín!

Ruben Ruiz - El Pelícano

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